Gobierno reglamentó el uso de plástico de un solo uso en Colombia

 

Gobierno reglamentó el uso de plástico de un solo uso
en Colombia

A través del Decreto 2192 del 2023, el Ministerio de Ambiente y
Desarrollo Sostenible reglamentó las medidas orientadas a la reducción de la
producción y consumo de plásticos de un solo uso en el territorio nacional,
conforme a lo dispuesto en los artículos 12, 16 y 34 de la Ley 2232 del
2022.  

Según el documento, la medida aplica a quienes introduzcan en el
mercado, comercialicen, distribuyan o consuman plásticos de un solo uso, así
como a las autoridades definidas, en el marco de sus competencias.

El documento establece que está prohibido el ingreso de plástico de un
solo uso a sistemas nacionales de áreas protegidas. Esta medida también aplica
para humedales incluidos en la lista de humedales de importancia internacional
(Ramsar), ecosistemas de páramos, ecosistemas marinos sensibles y reservas de
biósfera. (Lea: Prescribirían los formularios sobre la declaración de productos
plásticos de un solo uso y de las bebidas ultraprocesadas azucaradas).

Sin embargo, la presente normativa hace dos excepciones frente al
ingreso del plástico de un solo uso en los sistemas nacionales de áreas
protegidas:

I) Solo podrán ingresar aquellos plásticos de un solo para atender las
necesidades personales de las comunidades y guardaparques, que viven en las
áreas protegidas. Estos plásticos o los productos que los contengan, en ningún
caso, podrán ser objeto de comercialización en esa área.  

II) Quien bajo el amparo de la excepción pretenda ingresar plásticos de
un solo uso deberá contar con un sistema que asegure la recolección de la
totalidad de estos y su gestión fuera del área en cuestión.

Además, el documento plantea que “los municipios y distritos a través de
los planes de gestión integral de residuos sólidos (PGIRS) incorporaran los
mecanismos para la promoción de la formalización y regularización de los
recicladores de oficio y de las organizaciones de recicladores de oficio, como
actores de la cadena de valor del plástico”.

Esto mediante “el programa de inclusión de recicladores y la
incorporación de acciones dirigidas a la gestión de residuos plásticos en el
programa de aprovechamiento, de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo del
artículo 16 de la Ley 2232 del 2022”, expresa la norma.

Finalmente, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible definirá
las condiciones que deben cumplir los productos plásticos de un solo uso para
ser considerados biodegradables en condiciones ambientales naturales, de
acuerdo con los criterios que para el efecto establece el artículo 34 de la Ley
2232 del 2022.


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