Expiden
directrices sobre la obligatoriedad del uso del Secop II (Freepik)
Para la vigencia 2021,
todos los procesos de contratación de las entidades relacionadas en el anexo
No.1 de la Circular Externa 01 deberán gestionarse, exclusivamente, en el Secop
II.
La medida aplica para
todas las modalidades de selección del Estatuto General de Contratación Pública
(licitación pública, selección abreviada, concurso de méritos, contratación
directa, contratación mínima cuantía). Así mismo, aplica para la publicación
del Plan anual de adquisiciones del 2021 y para todos los procesos de
contratación que inicien las entidades que tienen un régimen especial. (Lea:
Uso del Secop II será obligatorio a partir del 2020)
Están exceptuados de la
medida las asociaciones público privadas (APP), los contratos donde existan más
de dos partes y los concursos de arquitectura, los cuales deberán publicarse a
través del Secop I.
Los procesos creados en
el sistema electrónico I antes del 1º de enero, 1º de abril, 1º de julio y 1º
de octubre de este año, por parte de las entidades estatales de acuerdo con la
distribución del anexo, podrán continuar siendo gestionados en esta plataforma.
Las entidades deben
seguir gestionando en la plataforma II los procesos de contratación con
entidades sin ánimo de lucro (Decreto 092 del 2017), teniendo en cuenta que
este decreto consagra en el artículo 9º que las entidades privadas sin ánimo de
lucro deben estar registradas en la plataforma.
En el marco de la
actual pandemia, las entidades estatales que no se encuentren relacionadas en
el anexo No. 1 y requieran utilizar la plataforma para gestionar todos sus
procesos de contratación o, simplemente, aquellos procesos que sean
estratégicos para el funcionamiento o cumplimiento de metas de la entidad lo
podrán realizar. Para esto, deberán solicitar a la mesa de servicio de la
Agencia Nacional de Contratación Pública la habilitación de los módulos
correspondientes de acuerdo con el régimen de contratación aplicable.
La agencia pone a
disposición de las entidades que ingresan con obligatoriedad para la vigencia
2021, el minisitio de capacitación ubicado en el siguiente enlace:
hftps://www.colombiacompra.qov.co/secop-ii, es un espacio creado para conocer,
aprender y enseñar sobre las diferentes funcionalidades de la plataforma a
partir de los roles que desempeñan de los diferentes actores del Sistema de
Compra Pública.
De igual manera, con la
finalidad de prevenir y mitigar el impacto que puede generar la propagación de
la pandemia, Colombia Compra Eficiente dictará capacitaciones teórico-prácticas
a través de medios virtuales hasta que las autoridades competentes indiquen
nuevas medidas relacionadas con respecto a este problema de salud pública.
(Colombia Compra
Eficiente, Circular externa 01, 02/10/2021)