Mintrabajo emite circular con pautas sobre jornada laboral, descanso y remuneración.

Empleadores deben registrar horas extras y garantizar pago de recargos y descansos obligatorios.

El Ministerio del Trabajo emitió una circular para orientar a empleadores, trabajadores, organizaciones sindicales y entidades públicas sobre la aplicación de las nuevas disposiciones laborales derivadas de la reforma laboral (Ley 2466 del 2025).

El documento fija lineamientos sobre la jornada máxima de trabajo, descanso obligatorio, remuneración a destajo, registro de horas extras y pago de recargos, con el fin de garantizar condiciones laborales dignas y el respeto de los derechos de las personas trabajadoras. (Lea: VIDEOCOLUMNA: Así funciona la cotización por días o semanas para trabajadores con ingresos bajos)

La circular ratifica que la jornada laboral se reducirá gradualmente de 48 a 44 horas semanales desde el 15 de julio del 2025 y a 42 horas desde el 15 del julio del 2026, sin que ello implique disminución salarial. Además, precisa que la jornada máxima diaria será de ocho horas, con posibilidad de distribuirse en cinco o seis días, garantizando el descanso remunerado. Se establecen excepciones para actividades insalubres, turnos sucesivos, menores de edad y cargos de dirección, siempre enmarcadas en los principios de proporcionalidad y no regresión.

El ministerio aclara que los trabajadores con remuneración a destajo tienen derecho a la misma protección en jornada, descansos y salario. Si la reducción de horas afecta sus ingresos, los empleadores deberán compensar el valor dejado de percibir para cumplir el principio de salario mínimo y remuneración proporcional. También se fijan reglas para la liquidación de recargos nocturnos, horas extras y trabajo en domingos o festivos, que incluyen porcentajes de pago diferenciados para los próximos años.

La norma elimina la autorización previa del Mintrabajo para laborar horas extras, pero exige a los empleadores llevar un registro detallado de trabajo suplementario disponible para las autoridades y trabajadores. Asimismo, se reiteran los derechos al descanso dominical, a festivos remunerados y a la participación de los trabajadores en la definición de horarios y pausas.

El ministerio recordó los canales de denuncia y atención para vigilar el cumplimiento de la reforma laboral en todo el país.

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