Se extiende
vigilancia especial al programa de salud de Comfaguajira
Supersalud prorroga la
medida preventiva y ordena a la Caja incrementar esfuerzos para subsanar las deficiencias financieras,
administrativas y de atención a sus afiliados.
Confaguajira deberá
reportar mensualmente las evidencias de las acciones adelantadas en cada una de las nueve órdenes
dadas por la Superintendencia.
Bogotá, marzo 13 de
2021-. La Superintendencia Nacional de Salud ordenó mantener hasta el próximo 4 de septiembre la medida de
vigilancia especial que rige desde hace
un año sobre el programa de la Entidad Promotora de Salud de la Caja
de Compensación Familiar de La Guajira
(Comfaguajira), para que adelante planes
correctivos frente a las deficiencias que aún persisten.
A la par con esta
prórroga por seis meses de la medida preventiva, la Supersalud también ordenó al representante legal de esa
Caja de Compensación incrementar los
esfuerzos y llevar a cabo las acciones necesarias para subsanar el incumplimiento
de los indicadores administrativos,
financieros, asistenciales y jurídicos a fin de garantizar la prestación de los servicios a sus 250.588
afiliados en 12 municipios de La Guajira.
En la resolución 2110
del pasado 4 de marzo, la Superintendencia le establece a Comfaguajira nueve órdenes específicas tales
como cumplir las condiciones financieras
y de solvencia; adelantar las acciones necesarias para lograr la
recuperación de cartera; presentar un
plan detallado de pagos y su ejecución mensual de las acreencias que tiene con la red prestadora y proveedora de
servicios de salud; implementar un modelo de
atención en salud con enfoque diferencial para garantizar el acceso
oportuno y efectivo a los servicios, e
implementar la ruta integral de atención materno perinatal, entre otras.
El representante legal
de Comfaguajira deberá reportar mensualmente los avances frente a cada una de las órdenes dadas
mediante informes de gestión que hará llegar
mientras esté vigente la medida preventiva de vigilancia especial.
Incumplimientos y
deficiencias
En la evaluación a la
medida de vigilancia adoptada en marzo de 2020, la Supersalud encontró que el programa de salud de Confaguajira
aún incumple indicadores como el
porcentaje de esquemas de vacunación en niños menores de un año, en
mortalidad materna y en mortalidad en
menores de 5 años por enfermedad diarreica aguda y por infección respiratoria aguda.
Adicionalmente,
evidenció niveles inadecuados en la cobertura de servicios de baja, de alta complejidad y en servicios de
especialidades básicas como pediatría, cirugía
general, medicina interna y ginecoobstetricia.
En el seguimiento al
comportamiento del programa de salud de Comfaguajira se concluyó que, al cierre de 2020, esta EPS
ocupaba el puesto 21 entre las 28 entidades
de salud que operan en el régimen subsidiado, por la cantidad de
peticiones quejas, reclamos y denuncias
(PQRD) de sus afiliados.
El 75% de las quejas
interpuestas a Supersalud durante 2020 estuvieron relacionadas con la falta de oportunidad en la asignación
de citas médicas con especialista, la
dificultad en la entrega de medicamentos y la demora en el
reconocimiento de reembolsos.
Esa restricción en el
acceso a los servicios de salud indica que Comfaguajira tiene problemas relacionados con la operatividad y
disponibilidad de la red de prestación de
servicios, así como en su capacidad resolutiva en los procesos de
atención.
En la evaluación al
tema financiero de la EPS Comfaguajira, el balance a corte de 2020 muestra condiciones operacionales con
excedentes, pero persiste la baja calidad de la
información y falta de integridad en los procesos de reconocimiento,
medición y revelaciones contables.
En este componente, se
evidencia un sobreendeudamiento que genera riesgo en las operaciones e incumplimiento de los
indicadores de condiciones financieras y de
solvencia al cierre de diciembre de 2020.
También se encontró
falta gestión en la depuración de cuentas por pagar en los estados financieros y de cartera, toda vez que
Comfaguajira no adelanta las acciones
correspondientes para identificar, depurar, conciliar y pagar las
obligaciones derivadas de la prestación
de los servicios de salud.
Para continuar con el
seguimiento estricto a la medida de vigilancia, el programa de salud deberá remitir a la Superintendencia
informes periódicos y continuará bajo la
supervisión del contralor designado, a fin de hacer monitoreo a la
ejecución de las órdenes impartidas para
superar las situaciones que dieron origen a la medida de control.