Esta es la
ley que declara imprescriptible la acción penal frente delitos sexuales contra
menores
El presidente Iván
Duque sancionó la ley de imprescriptibilidad de delitos sexuales contra menores
de 18 años, que determina que no dejarán de ser investigados y sancionados en
ningún momento.
“Para defender a los
niños de Colombia no hay colores partidistas ni hay ideologías, sino una causa
común en función del artículo 44 de nuestra Constitución, que dice, con mucha
claridad, que los derechos de los niños están por encima de los derechos de los
demás”, aseveró el mandatario.
Así, se modifica un
inciso del artículo 83 del Código Penal (Ley 599 del 2000), el cual quedó así:
“Cuando se trate de delitos contra la libertad, integridad y formación
sexuales, o el delito consagrado en el artículo 237, cometidos en menores de
edad, la acción penal será imprescriptible”, es decir que este tipo de delitos
podrán investigarse y sancionarse en cualquier momento y no habrá un límite de
tiempo para ello.
Se debe recordar que
este inciso señalaba que la acción penal frente a esos delitos prescribía en 20
años, contados a partir del momento en que la víctima alcanzara la mayoría de
edad.
Es válido mencionar
que, en el año 2020, el ICBF abrió procesos de restablecimiento de derechos
para 14.226 niños y adolescentes víctimas de violencia sexual. De ellos 11.988
fueron cometidos contra niñas.
(Congreso de la
República, Ley 2081, 02/03/2021)