Procurador General radicó proyecto de ley que acoge recomendaciones de la CorteIDH para sancionar a funcionarios de elección popular por actos de corrupción

 

Procurador
General radicó proyecto de ley que acoge recomendaciones de la CorteIDH para
sancionar a funcionarios de elección popular por actos de corrupción




El Procurador General
de la Nación, Fernando Carrillo Flórez, radicó en la Cámara de Representantes
un proyecto de ley para ajustar las competencias sancionatorias de la entidad,
en investigaciones contra servidores públicos de elección popular por casos de
corrupción y violación de derechos humanos.

“La iniciativa acoge un
sistema de garantías que en ningún caso debilitará las sanciones expeditas que
deberán imponerse a los servidores públicos de elección popular cuando cometan
actos de corrupción o incurran en violaciones a los DD.HH. Un régimen legal que
reafirma la tradición jurídica de las altas cortes colombianas y que redundará
en actuaciones garantistas, efectivas y contundentes”, aseguró el Procurador en
la presentación de la iniciativa.

“Este proyecto, de ser
ley de la república demostrará que es posible armonizar toda la
convencionalidad como sistema integral y avanzar en un camino abierto de
interpretaciones sistemáticas y evolutivas de plenas garantías de la Convención
Americana sobre Derecho Humanos y efectivas con las convenciones contra la
corrupción”.


El proyecto

Con la iniciativa, la
Procuraduría acogió lo ordenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos
en la sentencia del 8 de julio de 2020, en la que condenó al Estado colombiano
por la sanción de destitución e inhabilidad impuesta al entonces alcalde de
Bogotá, Gustavo Petro.

Igualmente, recogió el
exhorto del Consejo de Estado de 2018, que reiteró las recomendaciones
formuladas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos -CIDH-.

El proyecto establece
que sea un juez administrativo quien defina la sanción de destitución e
inhabilidad general, que en casos de corrupción y violación de DD.HH. imponga
la Procuraduría a congresistas, gobernadores, alcaldes, diputados, concejales o
ediles.

Plantea que las
decisiones sancionatorias que resulten de la actuación de la PGN, en el evento
que conlleven una destitución e inhabilidad del servidor, tengan un control
jurisdiccional automático e integral de legalidad antes de producir efectos
jurídicos.



De esa forma, se
incluye el principio de jurisdiccionalidad y se da cumplimiento a lo expresado
en el fallo de la Corte IDH, lo que afianza la compatibilidad entre el sistema
de responsabilidad disciplinaria y la convencionalidad, conformada por los
tratados internacionales que acogen las convenciones en materia de derechos
humanos y lucha contra la corrupción.

Además, fortalece el
sistema de garantías en materia disciplinaria para un adecuado respeto del
debido proceso bajo los mismos parámetros del derecho penal, conforme a las
reglas establecidas en la Convención Americana sobre Derechos Humanos -CADH-
(arts. 8 y 23).

Las sanciones estarán
sujetas a que el fallo quede en firme. El plazo es de dos meses para que el
juez administrativo tome una decisión sobre la sanción impuesta por la PGN y
tendrá efecto de cosa juzgada.



La iniciativa contempla
que vencido el plazo para proferir un fallo, la autoridad disciplinaria deberá
proyectar una decisión en un término máximo de tres meses, de lo contrario se
decretará la pérdida de competencia y se reasignará la actuación a otra
dependencia. De esa forma, se garantiza el cumplimiento estricto de los
términos establecidos en la ley.

También, propone que en
los procesos cuya sanción no implique destitución e inhabilidad general, se
continuarán aplicando las normas establecidas en la legislación disciplinaria
vigente.

En la administración
del Procurador Carrillo Flórez fueron sancionados 1.221 funcionarios de
elección popular. Fue ordenada la destitución e inhabilidad general de 592
alcaldes y 14 gobernadores.

La Corte IDH contempló
que esta reforma se apruebe en un plazo razonable, por lo tanto, con el régimen
de transición que viene aplicando la Procuraduría y la jurisdicción de lo
contencioso, se evitan situaciones de impunidad.



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