Posesión en
un empleo público no requiere someterse a prueba del covid-19
El examen médico de
ingreso es uno de los requisitos obligatorios previstos en el artículo
2.2.5.1.4 del Decreto 1083 del 2015, específicamente en el numeral 6, para que
el aspirante a un empleo público pueda posesionarse.
Sin embargo, precisó el
Departamento Administrativo de la Función Pública, no hay norma que exija a
quienes están por posesionarse someterse a la prueba del covid-19.
La posesión, de acuerdo
con lo previsto en el Decreto 491 del 2020 y el Decreto 1083 del 2015, debe
efectuarse en forma virtual, prestando juramento de cumplir y defender la
Constitución y las leyes, acto del cual se levantará un acta, la firma de la
posesión se hará mediante firma autógrafa mecánica, digitalizada o escaneada,
según la disponibilidad de dichos medios.
Otros de los requisitos
que prevé la norma mencionada son tener definida la situación militar, no
encontrarse en interdicción para el ejercicio de funciones públicas y no estar
gozando de pensión o tener edad de retiro forzoso.
Departamento
Administrativo de la Función Pública, Concepto 492911, Oct. 02/20.