La Comisión Nacional del Servicio Civil recuerda el deber de los nuevos mandatarios frente a los concursos de mérito y la carrera administrativa

 

La Comisión Nacional del Servicio Civil recuerda el
deber de los nuevos mandatarios frente a los concursos de mérito y la carrera
administrativa

Con miras a los procesos de transición 
y empalme que deben realizar las alcaldías y gobernaciones del país con
los nuevos  mandatarios territoriales que
fueron elegidos por los colombianos el pasado mes de  octubre y que asumirán sus cargos el próximo
1 de enero de 2024, la Comisión  Nacional
del Servicio Civil, a través de su Dirección de Vigilancia y Registro Público  de Carrera Administrativa considera de vital
importancia que los nuevas  autoridades,
directivos y jefes de talento humano conozcan y ejerzan sus funciones  de conformidad con la Ley y con las
instrucciones dadas por la CNSC con el fin de garantizar la correcta aplicación
de las normas de carrera administrativa al interior  de las entidades de las cuales harán
parte. 

Por lo anterior, inspirados en el principio de colaboración armónica que
orienta la  actuación de todos los
organismos del Estado, en cumplimiento de las obligaciones  que por ley les fueron asignadas y con la
convicción de que el mérito es un pilar del 
estado social de derecho, a continuación, se precisan algunos de los
aspectos más  importantes a tener en
cuenta en la nueva labor que asumen: 

• Dar cumplimiento a sus obligaciones relacionadas con la
inscripción,  actualización y cancelación
del Registro Público de Carrera Administrativa 
(RPCA) de los servidores con derechos de carrera administrativa teniendo
en cuenta lo dispuesto en el artículo 2.2.7.3 del Decreto 1083 de 2015 y
la  Circular Externa No. 011 de 2020.

• Dar cumplimiento a los plazos establecidos para el nombramiento en
periodo  de prueba y posesión de los
aspirantes Elegibles en posición de mérito, los 
cuales se encuentran dispuestos en el Decreto 1083 de 2015, modificado
por  el artículo 1 del Decreto 648 de
2017.

• Dar cumplimiento a sus obligaciones relacionadas con los procesos
de  selección por mérito, es decir,
apropiar los recursos para la cofinanciación de 
estos, efectuar el reporte de las vacantes definitivas de carrera  administrativa- OPEC y cargarlas en el
sistema SIMO al igual que el Manual  de
funciones. 

• Deber de tener conformada la comisión de personal en todas las
entidades  públicas administradas y vigiladas
por la CNSC, de acuerdo al artículo 16 de 
la Ley 909 de 2004, que establece: “en todos los organismos y
entidades  reguladas por esta ley deberá
existir una Comisión de Personal, conformada 
por dos (2) representantes de la entidad u organismo designados por
el  nominador o por quien haga sus veces
y dos (2) representantes de los 
empleados quienes deben ser de carrera administrativa y elegidos por  votación directa de los empleados”

• Dar cumplimiento a las etapas de evaluación del desempeño laboral
de  conformidad con los lineamientos
establecidos y aprobados por la Comisión 
Nacional Servicio Civil.

• Realizar los procesos de provisión transitoria de empleos de
carrera  administrativa vacantes de forma
definitiva o temporal de acuerdo con las  normas sobre la materia y las instrucciones de
la Comisión Nacional del  Servicio Civil.

Finalmente, es preciso indicar que, frente al incumplimiento de lo
anterior, la CNSC  podrá iniciar una
actuación administrativa con fines sancionatorios, de conformidad  con lo dispuesto en el parágrafo 2° del
artículo 12 de la Ley 909 de 2004.

La Comisión Nacional del Servicio Civil invita a los nuevos mandatarios,
directores  de las entidades
territoriales, jefes de talento humano y servidores públicos en  general a consultar permanentemente la página
web www.cnsc.gov.co, así como el 
micrositio de doctrina https://doctrina.cnsc.gov.co/doctrina/ donde se
publican una  serie de documentos que
deberían ser de obligatoria revisión por las entidades  públicas, órganos de control y servidores
públicos, para que conozcan y amplíen la 
información y conocimiento sobre la administración de la carrera
administrativa del  país.


 

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