Ordenan a EPS ejecutar políticas de prevención de obesidad y constituir programa de apoyo sicológico para usuarios con sobrepeso

 

Ordenan a EPS ejecutar políticas de prevención de
obesidad y constituir programa de apoyo sicológico para usuarios con sobrepeso

Ambito Juridico

La Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales a la salud (en
faceta de diagnóstico) y a la vida digna de una mujer a quien la EPS accionada
le negó una valoración multidisciplinaria a través de una junta médica de
especialistas que determine la viabilidad, efectividad y riesgos de una cirugía
bariátrica.

Además del diagnóstico y tratamiento sugerido, le ordenó a la accionada
ejecutar las políticas existentes de prevención de la obesidad, de forma
conjunta con el Ministerio de Salud y a partir de lo establecido por la
Organización Mundial de la Salud, y constituir un programa de apoyo sicológico
para los usuarios de su red que tienen sobrepeso.

El alto tribunal también exhortó al Gobierno Nacional para que
reglamente la Ley 1355 del 2009, por la cual se definió a la obesidad y las
enfermedades crónicas no transmisibles asociadas a esta como una prioridad de
salud pública, teniendo en cuenta la prevalencia de las personas con exceso de
peso en Colombia.

De acuerdo con las consideraciones de la decisión, actualmente la
obesidad no solo afecta a los adultos, sino también a los menores de edad, lo
que permite concluir que, si bien se han implementado algunas medidas, estas no
han sido suficientes y el fenómeno ya permeó a la población en conjunto. 

De otra parte, señaló, el derecho al diagnóstico médico solo se
satisface con la prescripción de los elementos de salud requeridos para tratar
al paciente, pues la identificación de las enfermedades o, incluso, su
valoración por especialistas resulta insuficiente para iniciar los tratamientos
requeridos, si estos no son ordenados por el médico tratante (M.P. José
Fernando Reyes Cuartas).


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