Se debe proteger a madres gestantes con contratos de prestación de servicios

 

Se debe proteger a madres gestantes con contratos
de prestación de servicios

Radican proyecto para regular la maternidad subrogada
(Flickr)

El Tribunal de Cundinamarca analizó el caso de una maestra
que tenía un contrato por prestación de servicios que fue cesado tras su
embarazo. La corporación consideró en este caso, a pesar de ser un contrato de
prestación de servicios, que se debía garantizar el derecho para que la mujer
pueda tener a su hijo en condiciones dignas.

En la decisión, la corporación judicial advirtió que cuando
una mujer está embarazada y tenga un contrato por prestación de servicios el
empleador debe seguir haciendo un pago porcentual mensual durante la licencia
de maternidad y respondiendo por las prestaciones sociales. (Lea: Si no se
suspende el contrato de prestación de servicios a pesar de la licencia de
maternidad hay lugar a honorarios)

Así mismo, recordó que la Corte Constitucional, en Sentencia
C-470 de 1997, afirmó que la mujer embarazada tiene derecho a la estabilidad
laboral reforzada, constituyendo esta figura en un derecho fundamental que
proviene del “derecho a no ser discriminado por ocasión del embarazo y que
implica una garantía real y efectiva de la protección a favor de las
trabajadoras en estado de gestación o lactancia”.

Entonces, la mujer embarazada que celebra contratos de
prestación de servicios tiene derecho al reconocimiento de la licencia de
maternidad y a la estabilidad laboral reforzada, siempre y cuando el
contratante conozca del embarazo; subsista la causa del contrato y no se cuente
con permiso del inspector de trabajo para terminarlo, es decir, que aun sin que
se demuestre la configuración de una relación laboral encubierta se les debe
garantizar los derechos propios del fuero de maternidad. (Lea: Empleador debe
desvirtuar presunción de que el despido de trabajadora fue por estar
embarazada)

Se concluyó entonces que la licencia de maternidad tiene como
finalidad el descanso y recuperación de la madre y la atención del recién
nacido, es un auxilio que los protege durante un periodo razonable antes y
después del parto, la cual comprende un conjunto de prestaciones que buscan
asegurar condiciones de dignidad y calidad en el grupo familiar; así mismo,
incluye el pago de una prestación económica dirigida a remplazar los ingresos
que percibía la madre antes del alumbramiento, a fin de garantizar la
continuidad en la cobertura de sus necesidades vitales y las del recién nacido
(M. P. Luis Gilberto Ortegón Ortegón).


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