Adulto mayor con discapacidad visual exige protección preventiva y debido proceso ante intervención en la plaza de mercado de San Juan del Cesar

Freddy Enrique Mendoza Calderón, un ciudadano de 75 años, con el asesoramiento del abogado especialista en servicios públicos y veedor ciudadano Luis Horgelys Brito Ariza, ha presentado un derecho de petición en nombre propio ante la Alcaldía Municipal de San Juan del Cesar. La solicitud busca activar mecanismos de protección preventiva y garantizar el debido proceso frente a una eventual intervención o recuperación del espacio que ha habitado y cuidado durante aproximadamente 32 años.

Mendoza Calderón ha residido y cumplido labores de custodia en el área del antiguo expendio de carnes, situada en el complejo de la plaza de mercado y el antiguo terminal del municipio, desde el año 1994. Si bien el peticionario reconoce la protección jurídica del patrimonio público y aclara que su prolongada estancia no constituye un título de propiedad, exige que se valoren su situación personal y sus derechos adquiridos por confianza legítima.

El ciudadano, nacido el 8 de diciembre de 1950, cuenta con un certificado de discapacidad visual expedido el 10 de abril de 2025 que acredita la pérdida de visión en uno de sus ojos, sumado a dificultades actuales de movilidad. Asimismo, el afectado se reconoce como persona desplazada, por lo que solicita la verificación de su estado de atención institucional y su inclusión en el Registro Único de Víctimas (RUV).

Dentro de las acciones del proyecto de mejoramiento de la plaza de mercado, la administración le propuso un solar con dos habitaciones como opción de salida.sin embargo, el peticionario manifestó su desacuerdo con los términos actuales de la propuesta, exigiendo una oferta formal por escrito que detalle ubicación, estado constructivo, servicios públicos, accesibilidad para sus condiciones visuales y de movilidad, costos y fecha de entrega.

Ante la falta de una orden formal de desalojo pero con el riesgo inminente de la obra pública, la solicitud exige a la Alcaldía evitar vías de hecho como órdenes verbales, presiones o cortes de servicios, y exige un procedimiento estrictamente ajustado a los parámetros de la Sentencia SU-016 de 2021 de la Corte Constitucional.

Finalmente, el documento copia a dependencias municipales como la Oficina Jurídica, la Secretaría de Planeación y Valorización, Gobierno y Educación, y Salud y Desarrollo Social, requiriendo además la veeduría preventiva y el acompañamiento de la Personería Municipal y de la Procuraduría Provincial de Instrucción de San Juan del Cesar.

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