Medida de Aseguramiento Intramural contra alias Pedro, segundo cabecilla del Clan del Golfo, bajo el mando de alias 5.7 o Jeremías

 

Medida de
Aseguramiento Intramural contra alias Pedro, segundo cabecilla del  Clan del Golfo, bajo el mando de alias 5.7 o
Jeremías



Tenía asignado dos escoltas,
carro blindado de la UNP y gozaba de beneficios jurídicos de Justicia y Paz

Medida de aseguramiento
intramural por los delitos de Concierto para Delinquir Agravado y Fabricación,
tráfico y porte de armas, municiones de uso restringido, de uso privativo de
las fuerzas armadas o explosivos. 

Afranio Manuel Reyes
Martínez Alias ‘Pedro’ era el segundo cabecilla de la Estructura Nelson Darío
Hurtado Simanca del GAO Clan del Golfo, 
bajo el mando de alias 5.7, quien le había ordenado llevar a cabo la coordinación
y ejecución de actividades criminales para retomar el control de la sierra
nevada y expandir su injerencia territorial hasta La Guajira, para poder
manejar las rutas del narcotráfico hasta Venezuela y países de Centro América e
Islas del Caribe.

Generó desplazamiento
forzado a mediados de abril del presente año de alrededor de 600 personas en la
vereda La Secreta, jurisdicción del municipio de Ciénaga, departamento del
Magdalena, por confrontación contra el grupo delincuencial organizado Los Pachencas,
determinador de la incineración de vehículos en el departamento del Magdalena.

Alias Pedro fue
integrante de las extintas AUC desde el año 1999, iniciando en el municipio de
San Pedro del Uraba, hizo parte del bloque Montes de María, luego, para el año
2002 pasó a ser comandante de zona del Bloque Resistencia Tayrona, bajo el
mando de alias Hernán Giraldo con injerencia en el corregimiento de San Pedro
de la Sierra, municipio de Ciénaga. Era conocido con el alias de Saavedra u
ocho uno (8.1).

Fue condenado a prisión
desde el año 2006 hasta el año 2019, por múltiples delitos de lesa humanidad
cometidos, tales como homicidio, desaparición forzada, tortura entre otros, el
más grave fue la desaparición y posterior ejecución de dos femeninas, Leonor
Acosta Arias y Maria Isabel Rolon Ochoa, en el año 2005. 

Gozaba de beneficios de
sustitución de medida por una condena a 40 años de prisión, por parte del
Juzgado Penal del Circuito con Función de Ejecución de Sentencias para las
Salas de Justicia y Paz del Territorio Nacional, desde el año 2020, donde alias
Pedro se había comprometido a resocializare, con advertencia que no podía
volver a la Sierra Nevada ni sitios donde había tenido injerencia del
Departamento Magdalena.

La Fiscalía General de
la Nación solicitó la revocatoria de dicho beneficio para que cumpla en prisión
la condena, ya que habría incumplido los compromisos con la justicia. 

Es de aclarar que este
sujeto aprovecho los beneficios otorgados, logrando obtener a mediados del
mismo año 2020, la asignación de un esquema de protección por parte de la UNP,
correspondiente a dos escoltas con armas y un Vehículo blindado, el cual le
figura hasta la fecha.


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